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¿Qué necesito hacer para cerciorarme de que mi pareja doméstica reciba los beneficios que le corresponden como sobreviviente o beneficiario/a en caso de mi deceso?

Su pareja pudiera ser elegible para recibir varios beneficios como sobreviviente o en caso de su deceso, incluidos:

Para declarar a su pareja como elegible para recibir los beneficios de sobreviviente o en caso de su deceso, usted deberá registrar su aparejamiento con el Estado de California o presentar la Declaración de Aparejamiento Doméstico de UC (UBEN 250). Si usted presenta la Declaración de la UC, su pareja tendrá que presentar documentos adicionales en el momento en que él o ella reclame estos beneficios. El registro con el Estado de California no requiere ninguna acción adicional.

Además de esto, usted puede designar a su pareja doméstica como beneficiario para varios beneficios, tales como:

Para los beneficios de UCRP, CAP y de seguro, usted puede designar a su(s) beneficiario(s) en el sitio web de Al Servicio de Usted Online. Si usted participa en el Programa de Ahorros para el Retiro, usted puede designar a los beneficiarios de esos fondos en el sitio web FITSCo.

Para información completa, ver lo siguiente: