Home Home < Human Resources and Benefits Briefing < Julio 2005

Como este otoño habrá una oportunidad única de alistarse en el plan suplemetario de discapacidad patrocinado por la UC, o para cambiar su período de espera si ya está alistado, éste es el momento de considerar qué período de espera es el adecuado para usted.

Un período de espera por discapacidad es el tiempo desde el primer día en que usted no puede trabajar debido a un embarazo, una lesión o una enfermedad discapacitante, hasta el día en que comienza a cobrar los beneficios por discapacidad. Si usted sólo tiene un plan para Discapacidad a Corto Plazo, el período de espera es de siete días. Si usted se alista en el plan de Discapacidad Suplementaria, usted podrá elegir un período de espera de 7, 30, 90, ó 180 días, que será aplicable tanto a sus beneficios por discapacidad A Corto Plazo, o Suplementarios. Cuanto más largo sea el período de espera más bajas serán las primas que usted paga.

Es importante recordar que sea cual fuere el período de espera que usted tenga, los planes de discapacidad de la UC exigen que usted use hasta 22 días de licencia por enfermedad acumulados (de estar disponibles) antes de cobrar los beneficios. Por ejemplo, si usted sólo tiene Discapacidad a Corto Plazo y le quedan 15 días de licencia por enfermedad acumulados, usted tendrá que usar los 15 días antes de que se le paguen los beneficios, aun cuando el período de espera sea de sólo siete días.

De la misma forma, si tiene una Discapacidad Suplementaria con un período de espera de 30 días y le quedan 15 días de licencia por enfermedad acumulados, usted tendrá que usar los 15 días de licencia por enfermedad acumulados y entonces esperar 7 días sin cobrar antes de que se le pague el beneficio por discapacidad. O puede optar por usar días de vacaciones, si los tiene disponibles, para una parte o todos los 7 días. Si usted no tiene ningún día libre acumulado por licencia de enfermedad o vacaciones, usted tendrá que esperar 30 días (sin cobrar) hasta que empiecen los beneficios por discapacidad.

Para determinar el período de espera adecuado para usted, tal vez quiera considerar sus circunstancias. Por ejemplo, si tiene acumulados muchos días por enfermedad, quizás quiera elegir un período de espera más largo para reducir su prima mensual. Por otra parte, si está esperando tener un bebé, tal vez quiera considerar un período de espera más corto. Como el período de discapacidad por un embarazo y alumbramiento normales suele ser de sólo 8 semanas, si usted tiene un período de espera de 90 días no recibirá beneficios durante su período de discapacidad.